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Jornada gratuita “Sistema de notificaciones tributarias electrónicas obligatorias, certificados digitales y facturación electrónica”

El RD 1363/2010 de 29 de octubre (se adjunta al final de noticia) regula las notificaciones electrónicas de manera obligatoria para empresas en el ámbito de la Agencia Tributaria.

El mismo entró en vigor el pasado 1 de enero de 2011 pero no surtirá efectos para cada obligado hasta que la Agencia Tributaria no le comunique individualmente y de forma tradicional la inclusión en el mismo, pudiéndose auto notificar y de forma voluntaria la inclusión en este régimen mediante la comparecencia en la sede electrónica de la A.E.A.T. En base a ello se estima que los meses de marzo y abril de 2011 son aquellos en que definitivamente las empresas deberán “estar al día” en este aspecto.

Por todo ello y con el fin de clarificar las dudas que puedan tener los empresarios cordobeses a este respecto, la Cámara de Comercio organiza en su sede de la calle Pérez de Castro, 1 de Córdoba el próximo 9 de marzo a las 9.40 horas la jornada gratuita (previa inscripción en el formulario on line que se encuentra al final de esta noticia y hasta completar aforo) titulada “Sistema de notificaciones tributarias electrónicas obligatorias, certificados digitales y facturación electrónica” en la que estarán los mayores expertos en este tema de la Agencia Tributaria y de AC Camerfirma.

Entre otras cosas (ver programa de la jornada en archivo adjunto) se informará a los asistentes de:

1.- Quienes son los obligados por el RD 1363/2010, de 29 de octubre
2.- Qué necesito para adscribirme al sistema de notificaciones electrónicas.
3.- Cómo funciona el procedimiento de notificación electrónica y cuales no son obligatorias.
4.- El régimen de apoderamiento electrónico.
5.- Dirección Electrónica Habilitada (DEH). Alta y funcionamiento.

A modo de píldora informativa, le comentamos que la principal novedad que se introduce en el decreto es la obligatoriedad en la recepción de las notificaciones y comunicaciones de la AEAT de manera telemática. Los obligados se delimitan por NIF y son las siguientes formas jurídicas:

 

* Sociedades anónimas, con NIF que comienzan por A

 

* Sociedades limitadas, con NIF que comienzan por B

 

* Personas jurídicas y entidades sin personalidad jurídica que carezcan de nacionalidad española, con NIF que empiece por la letra N

 

* Establecimientos permanentes y sucursales de entidades no residentes en territorio español, con NIF que empiece con la letra W

 

* Las uniones temporales de empresas, con NIF que empieza por la letra U

 

* Y las entidades cuyo NIF empiece por la letra V y se corresponda con uno de los siguientes tipos: Agrupación de interés económico, Agrupación de interés económico europea, Fondo de Pensiones, Fondo de capital riesgo, Fondo de inversiones, Fondo de titulización de activos, Fondo de regularización del mercado hipotecario, Fondo de titulización hipotecaria o Fondo de garantía de inversiones.

 

* Además de las formas jurídicas descritas, también estarán incluidas en el sistema obligatorio de notificación telemática todas las empresas que tengan la condición de gran empresa, las empresas que estén adscritas al registro mensual de devolución, empresas que tributen en régimen de consolidación fiscal y empresas que tributen en régimen de grupo de entidades.

 

Es decir, sólo se dejan fuera por ahora a las personas físicas, tengan actividad profesional o empresarial o no.

 

 

Para saber más, pinche en el siguiente enlace http://www.camaracordoba.com/camara.php?cte=1004&codigo=6725 y acuda a la jornada registrándose en el formulario on line que tiene a continuación o bien envíe sus datos de inscripción a la atención de Luis Díaz  a la dirección de correo electrónico comercio@camaracordoba.com


A R C H I V O S   A D J U N T O S


Programa de la Jornada


RD 1363/2010 de 29 de octubre
Web de la Cámara de Comercio e Industria de Córdoba. C/Pérez de Castro, 1 - 14003 Córdoba (España) Tel.: 957 29 61 99 Fax: 957 20 21 06
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